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Ética pofesional
LexUrban Abogados & Urbanistas, tiene muy presente a la hora de prestar sus servicios, el estricto cumplimiento de las normas deontológicas que, aprobadas por sus respectivos Consejos y Colegios, regulan la práctica del ejercicio profesional.
La función social de la Abogacía exige establecer unas normas deontológicas para su ejercicio. A lo largo de los siglos, muchos han sido los intereses confiados a la Abogacía, todos ellos trascendentales, fundamentalmente relacionados con el imperio del Derecho y la Justicia humana. Y en ese quehacer que ha trascendido la propia y específica actuación concreta de defensa y asesoramiento, la Abogacía ha ido acrisolando valores salvaguardados por normas deontológicas necesarias.
Los profesionales que forman el equipo de LexUrban Abogados & Urbanistas asumen y reconocen como propios, mediante su aceptación libremente consentida, los valores y principios recogidos en el Código Deontológico de los Abogados de la Unión Europea, en el Código Deontológico de la Abogacía Española y en el Estatuto General de la Abogacía.
El conjunto de estas normas, valores y principios constituye el modelo ético de comportamiento que preside e inspira el ejercicio de la abogacía desempeñado por los profesionales que forman el equipo humano de la firma.